El nuevo Régimen Simplificado de Ganancias ya cuenta con más de 80.000 adhesiones, informó este martes la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), basándose en las declaraciones juradas presentadas bajo esta modalidad voluntaria.

El régimen está próximo a cumplir un año desde su oficialización, que se concretó mediante la Resolución General 5704/2025 a partir del 1° de junio de 2025. Su lanzamiento forma parte de un plan orientado a incentivar la salida de “dólares del colchón”, en línea con la instrucción establecida por el Decreto 353/2025.
Asimismo, tras la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal en diciembre, el Gobierno impulsa a los contribuyentes a adherirse al régimen, habilitando además la posibilidad de depositar dólares no declarados en el Banco Nación.
Según ARCA, la cifra de adhesiones se duplicó en los últimos 20 días, luego de que se pusiera a disposición el aplicativo para la presentación de las declaraciones. El último dato público disponible indicaba 16.500 inscriptos.
El organismo destacó que, desde febrero, cuando emitió la Resolución General 5820/2026 con el fin de simplificar el cumplimiento fiscal para personas humanas y sucesiones indivisas, el régimen mostró una evolución creciente. Tras un inicio con 5.800 adhesiones, la tendencia se aceleró significativamente en abril, con más de 36.000 nuevos inscriptos que optaron por utilizar la declaración jurada con datos precargados por ARCA.
Además, recordaron que el vencimiento para el período fiscal 2025 opera en función de la terminación del CUIT de cada contribuyente y se extiende durante el mes de junio.
En un mensaje publicado en la red social X, el ministro de Economía, Luis Caputo, replicó los datos difundidos por ARCA.
La normativa establece una serie de condiciones para acceder al beneficio, junto con procedimientos operativos y modificaciones en las obligaciones informativas de los contribuyentes.
Quiénes pueden adherir
Pueden optar por este régimen las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
1. Contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3.
2. No tener el CUIT limitado administrativamente por los motivos señalados en el artículo 9 de la Resolución General 3832 de AFIP.
3. No estar clasificados en los segmentos de mayor significación fiscal, es decir, los segmentos 11 o 12 según la segmentación realizada por ARCA.
ARCA clasifica a los contribuyentes en segmentos basados en su significación fiscal a nivel nacional y regional, esta clasificación interna determina la exclusión de los segmentos 11 y 12.
Una de las modificaciones más relevantes del nuevo régimen es que quienes adhieran no deberán informar su patrimonio ni al inicio ni al cierre del período fiscal. Esto elimina la obligación de calcular el monto consumido, que se deriva del cruce patrimonial entre activos declarados y consumos.
Esta medida reduce considerablemente la carga administrativa para el contribuyente, aunque limita las herramientas automáticas de verificación patrimonial del organismo fiscalizador.
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